martes, 24 de marzo de 2009

En Nayarit: Delito grave, el contagio sexual premeditado

Las penas serán por padecimientos incurables, como VIH/sida o papiloma.

La Cámara de Diputados de Nayarit aprobó por unanimidad reformas al Código Penal estatal para tipificar el deliberado contagio de enfermedades de transmisión sexual como delito grave y hace perseguibles de oficio los atentados al pudor, cuando la víctima es menor o está privada de la razón.

Los 30 legisladores de PRI, PAN, PRD, Nueva Alianza, PT y Verde Ecologista aprobaron la iniciativa presentada por el priista, Roberto Lomelí Madrigal, que busca evitar la propagación de infecciones “incurables” de tipo sexual, especialmente el VIH/sida y el papiloma humano, que representan un serio problema en la entidad.

Se especifica concretamente tipificar una sanción de 10 a 15 años y multa de 100 a 400 días de salario mínimo. El importe de las sanciones económicas serán destinadas al fondo de atención a víctimas de agresión sexual, indicó Roberto Lomelí Madrigal, presidente de la Comisión de Justicia del Congreso local.

La enmienda posibilita que el delito de atentados al pudor se pueda perseguir de oficio, cuando la victima sea impúber o persona privada de razón, lo que permitirá que el Estado, por medio del Ministerio Público, esté en posibilidad de tutelar y salvaguardar el interés superior de los menores, así como la seguridad de los grupos vulnerables que por su naturaleza sean víctimas de este tipo de delitos.

La reforma al Código Penal va encaminada a hacer una distinción entre el contagio de enfermedades venéreas curables e incurables, estableciéndose una sanción privativa de libertad de mayores proporciones, dadas las consecuencias que representa ser portador de una enfermedad que en la actualidad no es curable.


FUENTE: MILENIO
http://impreso.milenio.com/node/8549775

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